Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase la emisión de Bonos del Tesoro hasta la suma de U$S 300:000.000 (trescientos millones de dólares de los Estados Unidos de América) en dicha moneda, a un plazo de entre cinco y quince años, por los montos y en las condiciones y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas. La presente autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009.