Decreto128-2023·2023

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/04/2023

Fecha de publicación

25/04/2023

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), el inmueble empadronado con el N° 36788 (treinta y seis mil setecientos ochenta y ocho) ubicado en la Localidad Catastral Montevideo, del departamento de Montevideo, que según plano de mensura N° 1637 del Departamento de Bienes Raíces de UTE, levantado el 6 de diciembre de 2021, por el Ing. Agrim. Martín Wainstein, el predio a adquirir tiene una superficie de 1066 m² 36 dm², (mil sesenta y seis metros cuadrados, treinta y seis decímetros cuadrados), y se deslinda de la siguiente forma: al sureste 24 metros 50 centímetros de frente a calle Ruperto Pérez Martínez, al suroeste 43 metros 57 centímetros lindando con el padrón N° 58.428, al noroeste 24 metros 50 centímetros lindando con los padrones N° 106.599, N° 106.600 y N° 106.598, y al noreste 43 metros 48 centímetros lindando con el padrón N° 36.787.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027, 17 de junio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.