Decreto130-2015·2015

CREACION DEL PROGRAMA IBIRAPITA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/05/2015

Fecha de publicación

25/05/2015

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Créase el Programa Ibirapitá con la finalidad de propender a la igualdad de acceso al conocimiento e inclusión social de los jubilados, mediante la entrega de dispositivos que permita conectividad a Internet (Tablet) y por tanto las condiciones de integración en el ámbito familiar, social y relacional en general.

Artículo 2Artículo 2

Encomiéndase al Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y la Adolescencia el diseño, implementación y seguimiento del Programa.

Artículo 3Artículo 3

Exhórtase al Banco de Previsión Social y los demás institutos de previsión social a apoyar la implementación de Programa y constituir una comisión conjunta de trabajo con el Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y la Adolescencia.

Artículo 4Artículo 4

El Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y la Adolescencia deberá presentar la programación financiera al Poder Ejecutivo. Los recursos que se destinen al financiamiento de este proyecto serán canalizados a través del Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y la Adolescencia el diseño.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, y archívese.