Artículo 1 — Artículo 1
Otórgase a la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI) de la Presidencia de la República Oriental del Uruguay, un crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en las adquisiciones de bienes y servicios destinados a la ejecución del proyecto "Desarrollo Institucional del Centro de Estudios Fiscales de Uruguay" (Fase II), financiado por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y por la parte financiada por ésta. Dicho crédito será materializado mediante certificados de crédito, en la forma que determine la Dirección General Impositiva, teniendo en cuenta la participación de la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND), como entidad colaboradora en la ejecución y administración de los referidos proyectos.