Artículo 1 — Artículo 1
(*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
(*)
Artículo 2 — Artículo 2
(*)
Artículo 3 — Artículo 3
Las modificaciones detalladas entrarán en vigencia a partir de la promulgación del presente Decreto.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese y por el Departamento Administración Documental del Ministerio de Defensa Nacional pase al Comando General de la Fuerza Aérea, a sus efectos. Cumplido, archívese.