Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la aplicación del artículo 1º del Decreto Nº 385/998, de 29 de diciembre de 1998, por el término de ciento ochenta días y en tanto perdure la situación excepcional de generación térmica de energía.-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la aplicación del artículo 1º del Decreto Nº 385/998, de 29 de diciembre de 1998, por el término de ciento ochenta días y en tanto perdure la situación excepcional de generación térmica de energía.-
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc..-