Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de junio de 1999 el plazo previsto por el Decreto Nº 472/996, de 9 de diciembre de 1996.-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de junio de 1999 el plazo previsto por el Decreto Nº 472/996, de 9 de diciembre de 1996.-
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.