Decreto136-2026·2026

REGLAMENTACION DEL ART. 364 DE LA LEY 19.924, RELATIVO A UN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LAS CARRERAS Y EL POSTERIOR REGISTRO DE TITULOS, QUE DICTA LA FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES (FLACSO) Y DEROGACION DEL DECRETO 420/021

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/06/2026

Fecha de publicación

7 de setiembre de 2026

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

La Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) toda vez que apruebe un nuevo programa de estudios y se proyecte el inicio del dictado de las nuevas carreras deberá comunicarlo al Ministerio de Educación y Cultura, quien previo informe del Área de Educación Superior, dictará Resolución aprobando las mismas y disponiendo que los títulos que se expidan se inscribirán en el Registro de títulos y diplomas expedidos por dicha Facultad.

Artículo 2Artículo 2

Dispónese que la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) toda vez que realice cambios en lo que refiere a la Sede Uruguay, ya sea cambio de autoridades, instalaciones, infraestructura u horarios, deberá informarlo al Ministerio de Educación y Cultura dentro del plazo de treinta (30) días, desde su puesta en práctica.

Artículo 3Artículo 3

Créase el Registro de títulos y diplomas expedidos por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) cuyas carreras hayan sido reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura.

Artículo 4Artículo 4

Derógase el Decreto N° 420/021, de 17 de diciembre de 2021.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.