Artículo 1 — Artículo 1
Declárase aplicable en el Derecho Interno, a partir de su publicación en el Diario Oficial, la Resolución del Grupo Mercado Común que a continuación se detalla: Resolución 29/98.- "Disposiciones relativas al Intercambio Postal entre ciudades situadas en Región de Frontera y su Procedimiento Técnico-Operacional". (*)