Decreto137-2011·2011

EXPROPIACION DE BIENES INMUEBLES. SORIANO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de noviembre de 2011

Fecha de publicación

25/04/2011

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiados por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) los siguientes inmuebles, que se deslindan de la siguiente manera: A) Padrón N° 11785 (p) - Al NE recta de 64m75 de frente a camino Vecinal, al NO recta de 127m65 que lo separa del padrón N° 11785 (p), al SO recta de 65m49 que lo separa del padrón N° 11787 y al SE recta de 127m71 que lo separa del padrón N° 11786, encerrando entre dichos límites un área de 8264mc. B) Padrón N° 11786 - Al NE recta de 110m22 de frente a camino Vecinal, al NO recta de 127m71 que lo separa del padrón N° 11785, al SO recta de 109m50 que lo separa del padrón N° 11787, y al SE recta de 127m63 de frente a camino Vecinal, encerrando entre dichos límites un área de 1há3843mc. C) Padrón N° 11787 (p) - Al SE recta de 48m38 de frente a camino Vecinal, al NE recta de 174m99 que lo separa de los padrones Nos. 11786 y 11785, al NO recta de 48m31 que lo separa del padrón N° 11787 (p), y al SE recta de 124m98 que lo separa del padrón N° 11787 (p), encerrando entre dichos límites un área de 8413mc., totalizando un área de 3há 0523 m2.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión de los inmuebles designados.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) habrá de hacer una reserva prudencial a efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027 del 17 de julio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.