Artículo 1
Artículo 1.- Suspéndese la vigencia de los artículos 19 y 20 del Capítulo V "De las Exoneraciones Generales" del Reglamento para el Cobro de las Tarifas de Peaje en Rutas Nacionales, aprobado por Decreto N° 119/023, de 13 de abril de 2023 por un plazo de 90 días a contar desde la fecha del presente Decreto.