Decreto138-1994·1994

PESAS Y MEDIDAS. PROHIBICION DE USO DE BALANZA PATA DE CABRA Y BALANZA BASCULA DE PILON

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de diciembre de 1994

Fecha de publicación

21/04/1994

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prohíbese a partir del 1º de enero de 1995, el uso de balanzas no automáticas de 12/130 kgs. de pilón, conocidas como "Balanza Pata de Cabra" y "Balanza Báscula de Pilón", para las operaciones de compra-venta de mercaderías entre el comercio minorista y público consumidor. (*)

Artículo 2Artículo 2

Facúltase a la Dirección Nacional de Metrología Legal a la incautación de dichos instrumentos cuando se constate su uso con posterioridad a la fecha establecida en el Numeral 1, los que deberán ser destruídos para chatarra.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.