Artículo 1 — Artículo 1
Incorpórase al ordenamiento jurídico interno, las Resoluciones del Grupo Mercado Común Nos. 58/94 y 14/06, aprobadas en el marco de las XV y LXIII Reuniones Ordinarias del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, celebradas en las ciudades de Brasilia y Buenos Aires los días 3 y 4 de noviembre de 1994 y 20 al 22 de junio de 2006, respectivamente, las que se consideran parte integrante del presente Decreto. (*)