Decreto138-2014·2014

EXCEPCION A LA LIMITACION ESTABLECIDA EN LA LEY ESPECIAL 7 RELATIVO A LA COMPENSACION QUE PERCIBE EL DIRECTOR DE EDUCACION Y EL DIRECTOR DE OPERACIONES E INNOVACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/05/2014

Fecha de publicación

29/05/2014

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Exceptúase de la limitación establecida en el Inciso primero del artículo 105 de la Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983, a la compensación que percibe el Director de Educación y el Director de Operaciones e Innovación, establecida por el Consejo Directivo Central del Inciso 31 "Universidad Tecnológica", en la Resolución N° 012/014 de 27 de febrero de 2014.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, archívese.