Decreto139-2015·2015

CREACION DE UNA COMISION ASESORA CON EL OBJETIVO DEL REORDENAMIENTO INSTITUCIONAL Y COMPETENCIAS EN EL AREA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/05/2015

Fecha de publicación

29/05/2015

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

(Creación y Objetivo). Créase una Comisión Asesora que tendrá como objetivo proponer el reordenamiento institucional y competencias de los diferentes organismos del Estado en el área de Ciencia y Tecnología.

Artículo 2Artículo 2

(Integración). La Comisión estará integrada por el Prosecretario de la Presidencia de la República y el Presidente del Plan Ceibal, en representación del Poder Ejecutivo; por el Rector de la Universidad de la República, el Presidente de la Academia Nacional de Ciencias del Uruguay, el Presidente del Consejo Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología y por un integrante de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación.

Artículo 3Artículo 3

(Cometido). La Comisión Asesora tendrá los siguientes cometidos: A. Elaborar un inventario de las principales áreas de los organismos del Estado que tengan como cometido o estén relacionadas con la política en Innovación, Ciencia y Tecnología. Contendrá el análisis funcionarial y presupuestal. B. Proponer las reformas o reordenamientos institucionales en los organismos del Estado a efectos de la adecuación que en la materia corresponda, en función de los planes de desarrollo del país. C. Formular las propuestas que correspondan a nivel presupuestal. D. Presentar al Poder Ejecutivo cualquier otra recomendación en función del objetivo de la Comisión Asesora.

Artículo 4Artículo 4

(Soporte Administrativo). La Agencia Nacional de Investigación e innovación, brindará el soporte técnico, administrativo y material necesario para el funcionamiento de la Comisión Asesora.

Artículo 5Artículo 5

(Funcionamiento). La Comisión Asesora determinará el régimen de su funcionamiento.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, publíquese, etc.