Decreto14-2011·2011

INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA. OTORGAMIENTO DE CREDITO FISCAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/01/2011

Fecha de publicación

2 de agosto de 2011

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Otórgase a las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva un crédito fiscal de 10 (diez) puntos porcentuales sobre los ingresos referidos en el artículo 1° de la Ley N° 18.707, de 13 de diciembre de 2010, aplicable a la cancelación de obligaciones tributarias con vencimientos entre el 1° de enero y el 31 de marzo de 2011. A tales efectos las obligaciones tributarias correspondientes al mes de noviembre de 2010, serán exigibles a partir del 1° de enero de 2011.

Artículo 2Artículo 2

(*)

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese.