Decreto14-2026·2026

EXHORTACION A UTE, A MANTENER EL BENEFICIO COMERCIAL, PARA LOS SUMINISTROS IDENTIFICADOS CON USOS ELECTRICOS DE RIEGO CON FINES PRODUCTIVOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/01/2026

Fecha de publicación

29/01/2026

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) a mantener el beneficio comercial en curso (15% por ciento del gasto total de energía eléctrica sin IVA), para los suministros identificados con usos eléctricos de riego con fines productivos, e instrumentarlo igualmente para el período comprendido entre octubre 2025 y marzo 2026 inclusive.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese.