Decreto140-2003·2003

FIJACION DE PRECIOS DE COMBUSTIBLES. ABRIL 2003

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de octubre de 2003

Fecha de publicación

22/04/2003

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Se aprueban los siguientes precios máximos de venta para las gasolinas Ecosupra 95, 85 Especial y 95 Supra fijados por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland, los que entrarán en vigencia a partir de la hora cero del 11 de abril de 2003. a) COMBUSTIBLES PRECIO POR LITRO Gasolina Ecosupra 95 $ 24.40 Gasolina 85 Especial $ 21,oo Gasolina 95 Supra $ 23,50 Los precios de las gasolinas, son a granel en las plantas de almacenaje y en los lugares de expendio de toda la República y comprenden los impuestos que en cada caso correspondan, pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.