Artículo 1 — Artículo 1
Derógase el decreto 198/987 de fecha 6 de abril de 1987.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Derógase el decreto 198/987 de fecha 6 de abril de 1987.
Artículo 2 — Artículo 2
Créase un Grupo de Trabajo compuesto por un representante de la Dirección Nacional de Hidrografía y un representante de la Prefectura Nacional Naval, con el cometido de elaborar en un plazo no mayor a 120 (ciento veinte) días el proyecto de un nuevo Reglamento del Puerto de Santiago Vázquez.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Hidrografía a sus efectos.