Decreto142-2003·2003

TRIBUTACION DE IMESI PARA CIGARRILLOS IMPORTADOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de noviembre de 2003

Fecha de publicación

22/04/2003

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Los cigarrillos fabricados en el exterior tributarán el Impuesto Específico Interno en iguales condiciones que los cigarrillos producidos en el país.- A tales efectos, derógase el inciso tercero del artículo 29º del Decreto Nº 96/990, de 21 de febrero de 1990.- (*)

Artículo 2Artículo 2

El monto imponible para la liquidación del Impuesto Específico Interno aplicable a los cigarrillos estará compuesto por la suma de una base específica de $ 21,50 (pesos uruguayos veintiuno con 50/100) por cajilla de veinte unidades, más una base complementaria equivalente a la diferencia entre el precio ficto del bien gravado determinado de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 29º del Decreto Nº 96/990, de 21 de febrero de 1990, y la citada base específica, cuando aquél sea superior a ésta. Cuando las cajillas contengan una cantidad distinta a veinte unidades, la base específica a que refiere el inciso anterior se determinará proporcionalmente.-(*)

Artículo 3Artículo 3

La tasa del Impuesto Específico Interno aplicable a los tabacos será del 27% (veintisiete por ciento), cualquiera sea su origen y su lugar de comercialización, y la base imponible será el precio de venta del fabricante o importador, sin incluir el citado tributo ni el Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, multiplicado por los factores 1,51 y 1,44 según se trate respectivamente de venta al distribuidor o al minorista.-(*)

Artículo 4Artículo 4

Derógase el artículo 13º del Decreto Nº 200/002, de 31 de mayo de 2002 con la redacción dada por el Decreto Nº 268/002, de 11 de julio de 2002, y los Decretos Nros. 460/002, de 28 de noviembre de 2002 y 57/003, de 11 de febrero de 2003.-(*)

Artículo 5Artículo 5

Lo dispuesto en los artículos anteriores regirá a partir del 1º de mayo de 2003.-

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, publíquese, etc..-