Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Acuerdo de Complementación Económica N° 63, suscrito el 17 de agosto de 2008 entre los Gobiernos de la República Oriental del Uruguay y de la República Bolivariana de Venezuela, que consta como anexo y forma parte del presente Decreto, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980. (*)