Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese que la distribución de los trabajadores no médicos de la institución Casa de Galicia se realizará de acuerdo a los criterios de proporcionalidad resultantes del acuerdo arribado en el Consejo de Salarios Grupo N° 15 "Servicios de Salud y Anexos" "Salud General" del 1° de abril de 2022, que figura como Anexo (*) a este Decreto y es parte integrante del mismo.