Decreto143-2022·2022

PRORROGA DE LA EXONERACION DEL IVA POR EL PLAZO DE TREINTA DIAS, A LAS ENAJENACIONES DE PANES, FIDEOS Y PASTAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de mayo de 2022

Fecha de publicación

5 de junio de 2022

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase desde el 8 de mayo de 2022 y por el plazo de treinta días, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado, a las enajenaciones correspondientes a la etapa minorista del pan blanco común, galleta de campaña, pastas y fideos y el régimen de devolución del IVA previsto en el inciso final del artículo 1° de la Ley N° 20.028, de 7 de abril de 2022.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.