Decreto146-1993·1993

FIJACION DE TARIFAS DE PEAJES. MARZO 1993

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/03/1993

Fecha de publicación

14/04/1993

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Establécese a partir de la hora cero del día 29 de marzo de 1993, las siguientes tarifas de peajes en rutas nacionales. (*)

Artículo 2Artículo 2

Los beneficiarios de exoneraciones parciales otorgadas conforme a las disposiciones vigentes, deberán actualizar el valor de las libretas de boletos adquiridos con anterioridad a la vigencia de este Decreto dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de estas tarifas. Vencido el plazo, los puestos de recaudación de peaje no recibirán como pago boletos que no hayan sido actualizados.

Artículo 3Artículo 3

(*)

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional y en el Diario Oficial y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte a sus efectos.