Decreto147-1990·1990

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. FEBRERO 1990. MARZO 1990

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/03/1990

Fecha de publicación

5 de agosto de 1990

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de febrero de 1990, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el decreto ley 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos, en N$ 5.932,62 (nuevos pesos cinco mil novecientos treinta y dos con 62/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de febrero de 1990 en N$ 5.899,03 (nuevos pesos cinco mil ochocientos noventa y nueve con 03/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios del Consumo, asciende en el mes de febrero de 1990 a 963,46 (novecientos sesenta y tres con 46/100) sobre base diciembre de 1985 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de marzo de 1990 es 1,8737 (uno con ocho mil setecientos treinta y siete diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.