Artículo 1
Artículo 1.- Modifícase el numeral 4.8.6.8 del Reglamento de Uniformes del Ejército (RG. 29-4) aprobada por el Decreto 686/991 de fecha 17 de diciembre de 1991, el que quedará redactado de la siguiente manera: "4.8.6.8 Paracaidista Militar. 4.8.6.8.1 Uso: Para Personal Superior y Subalterno que apruebe el (los) Curso(s) correspondiente(s) en el Centro de Instrucción de Paracaidistas del Ejército: Consistirá en un distintivo metálico que deberá usarse en los Uniformes de gala, paseo, social y en la boina. En el Uniforme de Cuartel y Campaña se usará dicho distintivo bordado en hilo color negro sobre la tela del mismo uniforme y cosido arriba del bolsillo izquierdo de la guerrera de cuartel y campaña o sacón de campaña.<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> 4.8.6.8.2 Descripción: a) Para egresados del Curso Básico de Paracaidismo Militar: Consistirá en una placa de metal dorado de forma ovalada, de 0m040 de alto por 0m027 de ancho. En su parte superior lucirá un sol de ocho puntas color dorado. Cubrirán sus bordes laterales dos ramas de laurel de color dorado. En el centro de la placa, sobre un fondo color celeste lucirá un paracaídas del que penderá una punta de flecha, la cual alcanzará el borde inferior de la placa, ambos en color blanco. Los contornos generales del diseño serán en color dorado, mientras que el óvalo de fondo estará circundado por un borde blanco. (Lámina 58b. Figura 2); b) Para Personal Paracaidista Militar Básico que adquiera otra especialidad paracaidista: Al distintivo descripto en el literal a) se le agregará en su parte inferior, una estrella de 5 (cinco) puntas de color dorado. (Lámina 58b Figura 3); c) Para Personal Paracaidista Militar Básico que adquiera 2 (dos) o más especialidades paracaidistas: Al distintivo descripto en el literal b) se le agregarán dos laureles confeccionados en esmalte dorado que rodearán a la estrella de 5 (cinco) puntas. (Lámina 58b Figura 4)."