Artículo 1 — Artículo 1
(*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
(*)
Artículo 2 — Artículo 2
Prorrógase hasta el 31 de marzo del 2000 la vigencia de la tasa 0% (cero por ciento) del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios aplicable a todos los hechos generadores vinculados a la lana.-
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc..-