Decreto149-2006·2006

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. ABRIL 2006. MAYO 2006

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/05/2006

Fecha de publicación

30/05/2006

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de abril de 2006, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 287,46 (pesos uruguayos doscientos ochenta y siete con 46/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de abril de 2006 en $ 286,05 (pesos uruguayos doscientos ochenta y seis con 05/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de abril de 2006 a 217,74 (doscientos diecisiete con 74/100), sobre base marzo 1997 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de mayo de 2006 es de 1,0600 (uno con seiscientos diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.