Decreto150-1996·1996

PAGO POR APORTES DE CONTRIBUCIONES PATRONALES RURALES - SEGURIDAD SOCIAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/04/1996

Fecha de publicación

5 de julio de 1996

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

El pago de los Tributos previstos por los artículos 339, 340 y 341 de la Ley Nº 16.320 de 1º de noviembre de 1992, en lo que refieren a la contribución patronal rural al Seguro Social de Enfermedad, correspondiente a los meses de abril de 1995 hasta abril de 1996 inclusive, se harán efectivos conjuntamente con el pago de los aportes rurales correspondientes al 2º cuatrimestre del año 1996.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.