Artículo 1 — Artículo 1
Modíficase el Decreto de fecha 25 de enero de 1993, por el cual se aprobaron las tarifas de energía eléctrica para los servicios a cargo de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas con vigencia desde el 1 de octubre de 1992 así como del régimen de tasas B, en el sentido de establecer que en el Numeral 1.3 donde dice: 1.3 - Servicios extraordinarios en Usinas con servicio restringido... 6 UBT. Debe decir: 1.3 - Servicios extraordinarios en Usinas con servicio restringido. Por hora... 6 UBT.