Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase en el equivalente en moneda nacional a 0,5 U.R. (cincuenta centésimos de Unidad Reajustable), el precio del servicio de emisión de cada Certificado de Empadronamiento o Registro de Vehículos.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase en el equivalente en moneda nacional a 0,5 U.R. (cincuenta centésimos de Unidad Reajustable), el precio del servicio de emisión de cada Certificado de Empadronamiento o Registro de Vehículos.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.