Decreto154-2010·2010

MINISTERIO DE VIVIENDA ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE. FUNCIONARIOS. RETRIBUCIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/05/2010

Fecha de publicación

25/05/2010

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Exceptúase, a partir del 1° de abril de 2010, de la limitación establecida por el artículo 105 de la Ley Especial N° 7 de 23 de diciembre de 1983, la remuneración que percibirán tres asesores a contratar por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a efectos de apoyar y contribuir al fortalecimiento institucional que habilite el cumplimiento de sus cometidos de acuerdo a los lineamientos estratégicos previstos para el Plan Quinquenal, hasta un monto nominal por todo concepto de $ 59.000 (pesos uruguayos cincuenta y nueve mil), a valores de enero de 2010, con cargo al 5% del Fondo Nacional de Vivienda, siendo aplicables los aumentos otorgados por el Poder Ejecutivo a los funcionarios de la Administración Central.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase a la señora Ministra de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a determinar por razones fundadas los funcionarios que se encuentren incluidos en la referida excepción.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, archívese.