Decreto155-2012·2012

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. MARZO 2012

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/05/2012

Fecha de publicación

28/05/2012

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fijase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de marzo de 2012, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 579,78 (pesos uruguayos quinientos setenta y nueve con setenta y ocho centésimos).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de marzo de 2012 en $ 566,79 (pesos uruguayos quinientos sesenta y seis con setenta y nueve centésimos).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de marzo de 2012 a 111,40 (ciento once con cuarenta), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de abril de 2012 es de 1,0748 (uno con setecientos cuarenta y ocho diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.