Decreto156-2004·2004

FIJACION DE PRECIOS DE COMBUSTIBLES. MAYO 2004

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de julio de 2004

Fecha de publicación

18/05/2004

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Se aprueban los siguientes precios máximos de venta fijados por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de la hora cero del 8 de mayo de 2004. FUEL OIL POR MIL LITROS Fuel Oil Pesado $ 7.691,00 Fuel Oil Especial $ 11.640,00 Fuel Oil Medio $ 9.478,00 - - Los precios del fuel oil son a granel en la planta de almacenamiento de Montevideo y comprenden los impuestos que en cada caso correspondan pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega, así como los fletes y demás gastos.

Artículo 2Artículo 2

Los precios de los fuel oil, incluyen el Impuesto al Valor Agregado.

Artículo 3Artículo 3

El Poder Ejecutivo faculta a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, a modificar por razones fundadas, el precio del fuel oil en hasta un 15% (quince por ciento), debiendo comunicarlo en cada oportunidad al Poder Ejecutivo.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.