Decreto157-2020·2020

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. ABRIL 2020

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de enero de 2020

Fecha de publicación

6 de mayo de 2020

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de abril de 2020, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 1.260,99 (pesos uruguayos mil doscientos sesenta con 99/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de abril de 2020 en $ 1.259,50 (mil doscientos cincuenta y nueve pesos uruguayos con 50/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de abril de 2020 a 215,54 (doscientos quince con 54/100), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes mayo de 2020 es de 1,0823 (uno con ochocientos veintitrés diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.