Decreto158-2015·2015

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. SALTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de enero de 2015

Fecha de publicación

6 de agosto de 2015

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas el inmueble empadronado con el N° 6161 (P) ubicado en la localidad Catastral Salto del Departamento de Salto, el que consta de un área de 704 m², que según plano de mensura N° 1542 del Departamento de Bienes Raíces, confeccionado por el Ing. Agrim. Facundo Ibargoyen, el predio consta del siguiente deslinde: al oeste recta de 16.00 m sobre calle Cerrito, al norte recta de 44.00 m sobre los padrones 6160 y 6159, al este recta de 16.00 sobre fracción remanente del padrón número 6161 y al sur recta de 44.00 m sobre fracción remanente del padrón número 6161.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027, de 17 de julio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.