Decreto159-1990·1990

IMPUESTO A LAS EXPORTACIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/03/1990

Fecha de publicación

23/05/1990

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

A partir del 1º de junio de 1990 el porcentaje a que se refiere el artículo 80 de la ley 13.695 de 24 de octubre de 1968 quedará reducido en 2 (dos) puntos porcentuales y en otros 2 (dos) puntos porcentuales a partir del 1º de enero de 1991.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional, etc.