Decreto160-2009·2009

AGENTES DE PERCEPCION DEL IVA E IRAE A QUIENES ENAJENEN MEDICAMENTOS Y REGIMEN DE RETENCION DEL IVA PARA EMPRESAS FORESTALES. VIGENCIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/03/2009

Fecha de publicación

13/04/2009

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Los Decretos Nros. 785/008 y 786/008, ambos de 22 de diciembre de 2008, entrarán en vigencia el 1º de mayo de 2009.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y archívese.