Artículo 1 — Artículo 1
Transfiérase los montos respectivos de los Grupos 2 "Servicios no personales" y 5 "Transferencias" de la Administración de los Servicios de Salud del Estado al Grupo 0 "Servicios Personales" del Ministerio de Salud Pública, cuando éste así lo solicite, a los efectos de regularizar la situación salarial de aquellos funcionarios presupuestados del Inciso que perciben complementos salariales provenientes de las Comisiones de Apoyo y del Patronato del Psicópata.