Decreto162-2006·2006

COMERCIO EXTERIOR. DEVOLUCION DE IMPUESTOS A LAS EXPORTACIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de mayo de 2006

Fecha de publicación

6 de setiembre de 2006

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase las siguientes tasas de devolución de tributos a las exportaciones registradas a partir de la fecha de vigencia del presente Decreto. ITEM ARANCELARIO % DEV. s/FOB Observaciones 4412.14.00.00 4.00% 1 4412.19.00.00 2.25% 1 7610.90.00.00 2.00% 1- Con materia prima principal de origen nacional.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.-