Decreto165-1987·1987

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. FEBRERO 1987. MARZO 1987

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/03/1987

Fecha de publicación

4 de octubre de 1987

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de febrero de 1987, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el decreto ley 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en N$ 1.143,20 (nuevos pesos mil ciento cuarenta y tres con 20/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de febrero de 1987 en N$ 1.128.03 (nuevos pesos mil ciento veintiocho con 03/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios del Consumo, asciende en el mes de febrero de 1987 en N$ 183,36 (ciento ochenta y tres con 36/100) sobre base diciembre de 1985.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de marzo de 1987 es 1.6744 (uno con seis mil setecientos cuarenta y cuatro diez milésimas).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.