Decreto165-2005·2005

TRANSFERENCIA DE CREDITOS AL FIDEICOMISO FINANCIERO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/05/2005

Fecha de publicación

6 de marzo de 2005

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Los créditos transferidos al Fideicomiso Financiero del Banco de la República Oriental del Uruguay, administrado por la Compañía Administradora de Recuperación de Activos, Administradora de Fondos de Inversión Sociedad Anónima, serán valuados a efectos fiscales por su valor de adquisición.-

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.-