Decreto165-2024·2024

FIJACION DE TARIFAS DEL TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de octubre de 2024

Fecha de publicación

18/06/2024

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a determinar los valores de los boletos para los servicios suburbanos, sobre la base del precio operativo del kilómetro recorrido en ómnibus, que se fija en $ 98,667 (pesos uruguayos noventa y ocho con seiscientos sesenta y siete milésimos). El resultado de aplicar dicho incremento en el precio operativo, así como los ajustes de los adicionales especificados en los Resultandos V) al VII) del presente Decreto, dan como resultado un incremento del 2.9% en los valores de los boletos del servicio suburbano. Sin perjuicio de las variaciones producidas por los redondeos que puedan alterar estos guarismos.

Artículo 2Artículo 2

Fíjase en $ 123,428 (pesos uruguayos ciento veintitrés con cuatrocientos veintiocho milésimos) el precio por utilización de servicios de andenes (Toque), que cobra la empresa KELIR S.A., en la Terminal de Ómnibus Suburbana de Montevideo Baltasar Brum, a las empresas de transporte que hagan uso de la misma.

Artículo 3Artículo 3

Establécese que el presente Decreto comenzará a regir a partir de la hora cero transcurridas 48 (cuarenta y ocho) horas de su firma.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese en un diario de circulación nacional y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.