Decreto166-1995·1995

CARGOS Y CONTRATOS CON FUNCIONES DE MAYOR JERARQUIA EN LA ADMINISTRACION CENTRAL. INCISOS 02 AL 14

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de febrero de 1995

Fecha de publicación

5 de diciembre de 1995

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Los jerarcas de los Incisos 02 al 14 del Presupuesto Nacional, dentro de los treinta días de la fecha de aprobación del presente decreto, deberán presentar a la Contaduría General de la Nación, a nivel de unidad ejecutora y por cada funcionario, la información referente a las retribuciones que por todo concepto perciban en forma directa o indirecta con cargo a fondos extrapresupuestales. Se consideran percibidas en forma directa todas las asignaciones que se atiendan con cargo al Rubro 0 "Retribuciones Personales" y en forma indirecta las que se liquidan afectando rubros de gastos.

Artículo 2Artículo 2

La misma información deberá proporcionarse, dentro del término de treinta días a contar de cada ajuste periódico de salarios que se establezca para la Administración Pública.

Artículo 3Artículo 3

Los Organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución de la República presentarán la información referida en los artículos 1º y 2º, pudiendo agruparla por escalafón, grado y serie o a nivel de funcionario.

Artículo 4Artículo 4

Facúltase a la Contaduría General de la Nación a emitir el Instructivo correspondiente especificando cuáles retribuciones deben ser consideradas y la forma de presentación de la información.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc