Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Quinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 59, suscrito el 21 de mayo de 2008 entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR y los Gobiernos de la República de Colombia, de la República del Ecuador y de la República Bolivariana de Venezuela, Países Miembros de la Comunidad Andina, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo 1980. (*)