Decreto168-2010·2010

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. ABRIL 2010

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/05/2010

Fecha de publicación

6 de agosto de 2010

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de abril de 2010, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 462,43 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y dos con cuarenta y tres centésimos).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de abril de 2010 en $ 461,12 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y uno con doce centésimos).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de abril de 2010 a 289,89 (doscientos ochenta y nueve con ochenta y nueve), sobre base marzo 1997 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de mayo de 2010 es de 1,0735 (uno con setecientos treinta y cinco diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.