Decreto168-2011·2011

APROBACION DEL SEXAGESIMO OCTAVO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA N° 18 SUSCRIPTO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de mayo de 2011

Fecha de publicación

6 de marzo de 2011

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el Sexagésimo Octavo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, suscrito el 07 de julio de 2009 entre los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, que consta como anexo (*) y forma parte del presente Decreto, y por el cual se incorpora al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980, la Decisión N° 62/07 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR relativa a "Régimen de certificación de mercaderías originarias de Israel almacenadas en depósitos aduaneros de los Estados Partes del MERCOSUR".

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, y dése cuenta a la Asamblea General.