Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase las Normas "UY", las que tendrán aplicación obligatoria en las obras que realice el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, las que figuran anexas<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> al presente decreto y se consideran parte integrante del mismo.