Decreto169-2002·2002

DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PARTICIPACION DE PERIODISTAS DEPORTIVOS COPA DEL MUNDO FIFA COREA/JAPON 2002

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de setiembre de 2002

Fecha de publicación

14/05/2002

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Declárase de interés nacional la participación de los integrantes de la delegación de periodistas pertenecientes a la prensa escrita, oral o televisada que concurran, debidamente acreditados ante el Comité Organizador del evento deportivo Copa del Mundo FIFA Corea/Japón 2002; (*)

Artículo 2Artículo 2

El reconocimiento de la preindicada calidad obliga a todas las dependencias del Poder Ejecutivo al otorgamiento de las licencias que, a tal fin se soliciten, exhortándose a los Organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución de la República, a los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del Estado y a los Gobiernos Departamentales, a adoptar medidas similares a las del presente Decreto.

Artículo 3Artículo 3

El Ministerio de Relaciones Exteriores, previa presentación de certificaciones expedidas por el Círculo de Periodistas Deportivos del Uruguay, en su caso, acreditando las condiciones previstas en el numeral primero, estampará en los pasaportes, la constancia que documente el carácter oficial y el interés nacional reconocido al viaje.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.