Decreto169-2006·2006

PRORROGA DE AUTORIZACION DE CONTINUIDAD EN LA DISTRIBUCION DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de agosto de 2006

Fecha de publicación

13/06/2006

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase a partir del día 11 de junio de 2006 y hasta el dictado por parte del Poder Ejecutivo del reglamento correspondiente para la actividad de distribución de combustibles líquidos, la autorización transitoria conferida a las empresas Distribuidora Uruguaya de Combustibles S.A. (DUCSA), Esso Standard Oil Co. Uruguay S.A., Shell Uruguay S.A. y Chevron Uruguay Ltda. (antes Texaco Uruguay Ltda.) por el art. 1º del Decreto Nº 514/003, del 18 de diciembre de 2003, prorrogada por el Decreto Nº 191/004, del 10 de junio de 2004, Decreto Nº 183/005, del 14 de junio de 2005 y Decreto Nº 507/005, del 12 de diciembre de 2005.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.-